viernes, 15 de enero de 2010

Según opiniones de la Presidenta vertidas en sesiones del 2001 el Congreso puede autoconvocarse


Por Roberto Gargarella, profesor de Derecho Constitucional 


Existen variadas razones para desestimar la postura de legisladores kirchneristas acerca de que el Parlamento debe seguir en receso. Hasta se puede invocar como aval opiniones de la actual Presidenta vertidas en las sesiones del 2001.

Durante estos intensos días veraniegos, y al calor de una disputa acerca de las facultades del Poder Ejecutivo para echar al presidente del Banco Central a través de un decreto, se comenzó a discutir sobre la capacidad del Congreso para "autoconvocarse" y tomar alguna decisión al respecto.


El (aparente) problema surge porque en esta época del año el Congreso se encuentra en "receso" y, según algunos, él sólo puede volver a sesionar si el Poder Ejecutivo lo convoca al efecto (en "sesiones extraordinarias"). Como sostuviera el diputado kirchnerista Agustín Rossi, "sólo el Ejecutivo puede interrumpir el receso" del Congreso, por lo cual "sería una tropelía legislativa" que él quisiera autoconvocarse. Lo mismo mantuvo el senador Pichetto, al declarar que los senadores oficialistas iban a concurrir al recinto si y sólo si la Presidenta los convocaba de modo explícito.

Convengamos desde ya en que el planteo del oficialismo resulta algo extraño. ¿Cómo es eso de que el máximo órgano representativo de la soberanía popular no puede reunirse para trabajar, durante el verano, si es que advierte -como en este caso- que el país enfrenta un problema significativo? ¿Cómo es eso de que nuestros principales representantes no pueden juntarse a discutir y resolver una crisis de urgencia si no son llamados para que lo hagan?

Dado lo extraño de la posición oficial, tratemos de dar un paso atrás y reconstruir del mejor modo posible su postura. ¿Qué es lo mejor que el oficialismo puede decirnos, para mantener un criterio a primera vista tan exótico?

Ante todo: ¿Es que la Constitución, acaso, le prohíbe al Congreso autoconvocarse y seguir sesionando? No, en absoluto. El artículo 63, que es el que más puede interesarle invocar al oficialismo, dice que el presidente de la Nación "puede" convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, pero de ningún modo le niega dicha facultad al Congreso.

La Constitución establece de modo explícito cuál es el período durante el cual el Congreso está obligado a sesionar (desde marzo hasta noviembre), y en absoluto niega su facultad de seguir sesionando fuera de dicho período.

¿Es que la autoconvocatoria del Congreso puede ser negativa, dada nuestra pretensión de respetar el sistema de controles republicanos? No, y más bien todo lo contrario: la decisión del Congreso de seguir trabajando luego de terminadas sus sesiones ordinarias sólo refuerza, en lugar de debilitar, los controles republicanos que nos interesa afirmar.

¿Sucede, acaso, que una autoconvocatoria como la que aquí se defiende vendría a desafiar la división de poderes? No, de ninguna manera. La autoconvocatoria resulta, más bien, una buena manera de preservar la división de poderes, particularmente cuando el Poder Ejecutivo se muestra deseoso de utilizar la vía de los decretos para tomar decisiones que no está capacitado para tomar.

Adviértase que si el Congreso no pudiera autoconvocarse, ¡cualquier Presidente esperaría ansioso el receso legislativo para quedar librado inmediatamente de toda supervisión legislativa durante tres meses!

¿Se trata, quizás, de que a través de una autoconvocatoria del Congreso ponemos en riesgo la deliberación pública? No, todo lo contrario: la autoconvocatoria viene a asegurar que no se nos prive de ella. ¿Será, tal vez, que al reconocerle esta facultad al Congreso ponemos en riesgo la soberanía popular? Otra vez no: se trata de lo contrario, es decir, de evitar que la soberanía popular resulte socavada.

Curiosamente, y en este respecto, no contamos con argumento más interesante y más lúcido que el que diera una brillante senadora -ahora Presidente de la Nación- el 19 de diciembre del 2001.

En ese entonces, la senadora Cristina Fernández sostuvo que políticos y juristas debían dejar de leer la Constitución de modo fragmentado, concentrándose en la última parte -la organización del poder- y perdiendo de vista que la misión de los poderes constituidos es la de defender los derechos fundamentales de la población (establecidos en la primera parte de la Constitución).

"La política" -sostuvo entonces- es "el único lugar desde donde vamos a poder ejercer limitaciones a un poder económico concentrado, al que le conviene que el Parlamento esté cerrado para poder continuar impulsando medidas (antipopulares)". De lo que se trata -concluyó la senadora- es de que los representantes se hagan cargo de la representación política que están obligados a ejercer.

Así es, concluimos con ella. De eso se trata, de que los representantes se hagan cargo de la defensa de la Constitución.

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